El
martes 31 de julio, en la
Asamblea convocada por la Corporación se ofreció
información sobre las relaciones que, hasta el pasado 20 de julio, mantenía la Corporación con el
Comité de Empresa y la Junta
de Personal. Esto motiva que deseemos trasladar de una forma clara, objetiva y
contundente el detalle y la cronología de los hechos. Una vez conocidos, que
cada persona, en el ejercicio de su libertad, valore y opine por sí misma.
El
18 de julio, fecha ya señalada desde el mes de mayo para proseguir con la
negociación del convenio, nos reunimos en la Sala de Juntas de la Casa Consistorial
una representación del Comité de Empresa y la Junta de Personal, miembros de la Corporación Local
y la Secretaria
de Actas. La Corporación
nos solicita el día de antes por email que, debido a la publicación de RDL
20/2012, desean modificar el orden del día, dejando a un lado la negociación
del convenio para abordar la modificación de la jornada, así como para trasladar la interpretación que en
ese momento hizo la
Corporación azudense del RDL 20/2012.
En
lo referido a la aplicación del RDL 2/2012, se procedió a la lectura del
borrador de los horarios que para los diversos departamentos la Corporación había
elaborado, indicándonos que para su confección se había contado con la
participación de los trabajadores y las trabajadoras. En ese momento, se mostró
nuestra conformidad con los horarios de aquellos departamentos que conocíamos por el desempeño
de nuestro trabajo (véase Casa de Acogida, Biblioteca, Juventud…), si bien se
acordó con la Concejalía
de RRHH que a lo largo del día se daría traslado del borrador, ya que faltaba
por concretar el horario del Centro Social. No obstante, finalizamos la reunión
quedando emplazados para vernos el
viernes 20 de julio.
Por
nuestra parte, ese mismo día se informó a los contactos del correo del Comité
del resultado de esta reunión, instando a que se nos indicara si se habían
realizado las consultas o no. Así supimos que en departamentos como el Centro
de la Mujer, Promoción Económica o Cultura, se había
consensuado el horario. Sin embargo y de la misma manera, supimos que en otros
departamentos no se había contado con su opinión y en otro ni siquiera se lo
habían comunicado, hechos que nos fueron confirmados este martes pasado (véase
Urbanismo o Centro Social). Desde ese día, 18 de julio, quedamos a la espera de
recibir este documento.
El
viernes 20 de julio, la
Presidenta del Comité de Empresa recibe la llamada del Sr.
Concejal D. Santiago Casas Lara refiriéndole éste que, tras haber recibido las
alegaciones formuladas por la
Junta de Personal en relación a la incoación de un expediente disciplinario a
un funcionario miembro del citado órgano de representación, y al entender la Corporación que lo
relatado en el documento es “mentira”, afirmó que si el
Comité no se retractaba darían por suspendidas las relaciones entre la
representación de la plantilla y la Corporación.
Ante
lo insólito, sorpresivo y anacrónico de la propuesta, se le preguntó si se
pretendía chantajear a la parte social. Ante la negativa a seguir hablando, se
acordó verse tras la concentración de protesta ante los recortes en la Plaza del Ayto.
Como
suele ser habitual en “la casa”, los contactos telefónicos de la Corporación llegaron
inmediatamente a las Federaciones de Guadalajara de CCOO y UGT con la esperanza
de que “nos dieran un tirón de orejas”. Para su sorpresa, desde nuestras
Federaciones, la
Presidencia del Comité de Empresa, la
Presidencia de la Junta de Personal y hasta desde las Secretarías
Generales de los Sindicatos, se les ha trasmitido siempre la misma idea:
1. El
órgano competente para intervenir en la incoación de un expediente
disciplinario es única y exclusivamente su órgano instructor, es decir la Instructora y la Secretaria nombradas al
efecto, nadie más.
2. En
todo caso, sería la instructora la que en tiempo y forma, debería haberse
dirigido al Presidente de la
Junta de Personal, ya que este órgano es parte interesada.
Aquí el Comité no es competente, mucho
menos telefónicamente, y por supuesto que sea trasladado por una persona que nada tiene que ver en
este proceso.
3. Del
mismo modo, el contenido de las alegaciones, pruebas o declaraciones sólo
pueden ser conocidas por la persona interesada, y no por el Ayuntamiento al completo.
4. Parece
ser que este expediente es de dominio público, luego ¿dónde queda la
confidencialidad? ¿y el deber de sigilo?
5. El
trámite de esta sanción debe seguir su curso legal. Luego si la instructora, a
la luz de las pruebas testificales y documentales recabadas, determina que el
funcionario es culpable, deberá elevar entonces una propuesta de sanción, que
el funcionario decidirá si acata o presenta alegaciones a las mismas. Ídem para
con la Junta de
Personal.
6. La
aplicación del Régimen Disciplinario en esta y otras administraciones, no
debería ser óbice para el desarrollo de
cualquier proceso negociador, ya que son cuestiones absolutamente
independientes.
7. Por
último se trasladó, que ante lo complejo de la situación y como ejercicio de
responsabilidad hacia los compañeros y compañeras, íbamos a pensar que esta
actitud era un simple “calentón”, esperando y deseando que dieran una
“vueltecita” a esta cuestión para abordarla con serenidad y sentido común.
Esto es simple y llanamente lo que ha
pasado. Desde el día 20 de julio, la Corporación azudense ha roto unilateralmente las
relaciones con la representación de sus trabajadores y trabajadoras.
Tras un compás de espera que ha
finalizado con las palabras que el Sr. Alcalde nos ha dirigido, y tras una
larga reflexión hemos concluido lo siguiente:
·
Entendemos que de esta actitud se desprende, que
el ánimo de aplicar el principio “in dubio pro operario” no es tal, hecho que
tendremos la oportunidad de comprobar a partir del 1 de septiembre con la
aplicación del RDL 2/2012. Si en este Ayuntamiento, a diferencia de los que nos
rodean, finalmente optan por aplicarlo con efectos retroactivos desde el 1 de julio o en perjuicio de la
plantilla, se estará procediendo de manera contraria a lo que predican en los
medios de comunicación.
·
No ha existido intención negociadora, y tan sólo
se ha buscado sin cortapisas la conformidad
de la parte social a cualquier propuesta que proceda de la Corporación.
·
Por supuesto, no negocian porque no reconocen ni
la legitimidad, ni la importancia, ni la labor que la representación de su
plantilla hace, de ahí que se dirijan a “instancias más elevadas”, verbalizando
sin prurito esta pensamiento cada vez que se tiene ocasión.
·
Por ende, esta falta de respeto se hace extensiva a vosotros y a vosotras, ya
que nos habéis elegido para que representemos vuestros intereses.
·
Con independencia de la devastadora actitud
antisindical que se mantiene desde determinados sectores políticos y sociales,
nosotros y nosotras seguiremos esforzándonos por intentar mejorar, en la medida
que se nos permita, las cada vez más duras condiciones laborales y sociales.
Por último, deciros que seguimos
trabajado para que se retomen las negociaciones
con la Corporación,
y en el caso de que no se logre no
dudaremos en adoptar las medidas de presión que nos permite la legalidad vigente.
Sentimos una vez más, que los grandes
perjudicados de estas actitudes, seamos siempre los mismos.
Azuqueca
de Henares, 3 de agosto de 2012
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