viernes, 15 de noviembre de 2013

Devuelven dinero detraido por hospitalización

La Junta deberá devolver a funcionaria el dinero detraido por hospitalización

La Junta tendrá que devolver a una funcionaria el dinero que dejó de percibir durante una baja laboral por una operación quirúrgica. La sentencia, contra la que no cabe recurso, ha sido fallada por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1

 Declaran culpable de homicidio al autor del crimen de Alborea (Albacete). En la imagen la sede del Palacio de Justicia en Albacete
En la imagen la sede del Palacio de Justicia en Albacete
 
El Gobierno regional tendrá que devolver a una funcionaria el dinero que dejó de percibir durante una baja laboral por una operación quirúrgica.

Según informó UGT, que fue el sindicato demandante, la sentencia, contra la que no cabe recurso, ha sido fallada por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Albacete.

Así el juzgado, obliga a la Junta "a pagar el 100% de las retribuciones percibidas en el mes anterior a la fecha de la incapacidad temporal (IT)" de la funcionaria, adscrita a Muface, y que desempeña su trabajo en los servicios periféricos de Juventud de la Junta.

La responsable de la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT Albacete, María José Tomás, indicó que la trabajadora solicitó que se le reconociese ese derecho, dado que esa incapacidad era debida a una intervención quirúrgica y hospitalización, por lo que reclamaba que se le devolviese íntegramente lo dejado de percibir por los días que permaneció de baja laboral.

A la trabajadora se le había aplicado el punto 9.3 del real decreto ley 20/2012, que dice que quienes estén adscritos a los regímenes especiales de la seguridad social del mutualismo administrativo y en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes percibirán el 50% de las retribuciones tanto básicas como complementarias desde el primer al tercer día de la situación de IT, tomando como referencia aquellas que percibían en el mes inmediato anterior al de causarse la baja.

Además, esta misma normativa establece que entre el día cuarto y el vigésimo día de la IT ambos inclusive, percibirán el 75% de las retribuciones y a partir del vigésimo primero percibirá el total de las retribuciones básicas y de las complementarias.

No obstante, al tratarse de una intervención quirúrgica, el juzgado ha tenido en cuenta la excepcionalidad recogida e la disposición adicional número 18.

Para la secretaria general de la Federación de Servicios Públicos de UGT, María José Tomás, esta sentencia "sienta un precedente importante en la batalla que los representantes de los trabajadores mantenemos con los Gobiernos central y regional para que la legislación en materia de Incapacidad Temporal no tenga el carácter represivo que la normativa ha acabado imponiendo".

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