Un siniestro que sucedió en un edificio en construcción
Seis condenados a cárcel e inhabilitación por un accidente laboral mortal en Vigo
El encargado de obra falleció al impactarle en la cabeza un paquete con baldosas -La juez concluye que el proceso de trabajo era "peligroso, arriesgado, improcedente e inadecuado"
Un accidente laboral mortal consecuencia de "la grave negligencia"
en las medidas de seguridad que debían adoptarse. Ésta es una de las
consideraciones que se recogen en la sentencia del Juzgado de lo Penal
número 1 de Vigo que impone penas de cárcel, multa e inhabilitación a
los seis acusados que se sentaron en el banquillo por la muerte del
encargado de la obra de un edificio que en 2011, cuando ocurrió el
siniestro, se estaba construyendo en la esquina de la avenida de la
Florida con la calle Gándara en la ciudad olívica. Al trabajador le
impactó en la cabeza un paquete de baldosas que se apilaban en un palé,
lo que le provocó un traumatismo craneoencefálico con fracturas que
derivaron, debido a la gravedad, en su fallecimiento. La magistrada
estima que, entre otras, las causas de esta muerte están en que había un
proceso de trabajo "absolutamente peligroso, arriesgado, improcedente y
totalmente inadecuado".
La responsabilidad del accidente recae en el gruísta, la jefa de producción, la jefa de obra, el coordinador de seguridad y miembros de la dirección facultativa. Cinco de los ahora condenados reconocieron "expresa e íntegramente" los hechos en la vista oral -Delmiro T.F., Humberto G.B.L., María Montserrat P.A., Antonio C.C. y Santiago M.M.-, aunque no así el arquitecto, José H.G. Pero la magistrada estima que este último es tan responsable, "tan autor", como los anteriores.
Penas e indemnización
La responsabilidad del accidente recae en el gruísta, la jefa de producción, la jefa de obra, el coordinador de seguridad y miembros de la dirección facultativa. Cinco de los ahora condenados reconocieron "expresa e íntegramente" los hechos en la vista oral -Delmiro T.F., Humberto G.B.L., María Montserrat P.A., Antonio C.C. y Santiago M.M.-, aunque no así el arquitecto, José H.G. Pero la magistrada estima que este último es tan responsable, "tan autor", como los anteriores.
Penas e indemnización
Los delitos por los que se siguió esta causa son homicidio por imprudencia grave y contra la seguridad de los trabajadores. Los hechos ocurrieron la tarde del 28 de febrero de 2011, en torno a las 17.00 horas. Un encofrador estaba sobre un andamio tubular situado en la quinta planta de la fachada que daba al patio interior del edificio que se estaba construyendo. El trabajador recogía de un palé paquetes de baldosas de gres para pasárselos a otro obrero. El citado palé había sido izado hasta allí por el operador de la grúa pluma. "A consecuencia de la falta de apoyo" del mismo "sobre una superficie estable", se señala en la sentencia, uno de los paquetes de baldosas se deslizó y cayó al patio interior de la obra, que se constituía como zona de acopio de materiales.
Allí, se refiere en la sentencia, "no existían marquesinas de protección ni ningún otro sistema de protección" que evitasen siniestros debido a la caída de objetos. Así, las referidas baldosas impactaron en la cabeza del encargado de la obra, lo que motivó, debido a las graves lesiones, su fallecimiento.
Debido a las condiciones en que se encontraba ese lugar -los trabajos estaban aún en fase de alicatado- la descarga de los palés de gran peso que contenían baldosas se hacían, se refiere en el fallo, "de modo completamente anómalo e inseguro". Los condenados, concluye la juez, eran conocedores de esta situación y la permitieron "sin adoptar las mínimas medidas de prevención de riesgos laborales". La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.
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