La muerte que le salió gratis al patrón
Dos empresarios esquivan la cárcel y pagar una indemnización por la muerte de un obrero porque el juzgado olvidó ejecutar la sentencia
Madrid
Sonia, el pasado martes en Sevilla. Paco Fuentes |
La vida de Sonia R. V. no ha sido fácil. Con 24 años, y solo diez
meses después de su boda, perdió a su marido. Manuel Vicente, de 26
años, cayó desde el techo de una nave industrial de Sevilla cuando hacía
trabajos de reforma para la firma Secour SC. Sonia quedó destrozada. Y
llena de ira emprendió una batalla que al menos durante algunos años le
ayudó a sobrellevar el dolor. Se propuso que los culpables (por omisión)
de la muerte de su marido pagasen por ello ante la justicia. Hoy, 16
años después, aquella batalla judicial continúa, pero ha sufrido
hirientes derrotas. No porque los culpables sean inocentes, sino porque
la juez que enjuició el accidente olvidó encarcelarles. Y cuando quiso
hacerlo, legalmente no se podía. Ni nada se puede hacer ya.
Un grave error judicial
ha permitido que los responsables de la muerte de Manuel Vicente no
hayan pisado la cárcel (debían cumplir 15 meses) ni pagado un solo
céntimo de los 210.000 euros que una juez de Sevilla les impuso (150.000
euros para Sonia y 60.000 para su ya anciana suegra).
Siete años estuvo dormido en las estanterías del juzgado el sumario.
La sentencia, sin tacha, firme e irrecurrible, existía, y decía lo que
había que hacer. Pero faltaba ejecutarla. De nada sirvieron los
constantes escritos que presentaban Sonia y su abogado, Aurelio Garnica,
ante el Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla, hasta octubre pasado
dirigido por María José Cuenca. Le recordaban que los patronos seguían
con sus tretas para no abonar la indemnización y que tampoco iban a la
cárcel.
“Nunca me llamaron para preguntarme si necesitaba algo; me quedé casi en la indigencia, y sin el amor de mi vida”
Cuando Aurelio comentó que ya no se podía hacer nada, Sonia no daba
crédito. Doce años de lucha y de pasillos judiciales tirados por la
borda. Hasta llegó a contratar a unos detectives para que siguieran los
pasos de los patronos de Secour, los hermanos Francisco José y Juan
Jaime Rodríguez (los condenados). Justo después del accidente, se
apresuraron a cerrar la empresa por quiebra. Y, casi simultáneamente,
abrieron otra, con distinto nombre, para escabullirse de pagar.
Uno de los hermanos hizo separación de bienes con su esposa y le
desvió casi todo el patrimonio semanas después del siniestro. Sonia les
conocía, eran los jefes de su marido. "Nunca me llamaron para
preguntarme si necesitaba algo; me quedé casi en la indigencia”, señala
con dolor. Le tiemblan las palabras cuando recuerda aquel día. Ahora
tiene dos hijos pequeños, de otra relación. No les ha contado nada de su
pasado. Ni a ellos ni a nadie. Lleva muchos años masticando todo ella
sola (por eso prefiere no revelar su identidad completa). En su
entrevista con EL PAÍS, llora desconsolada: "Era el amor de mi vida, aun
no lo he superado...".
“Y, aparte de la indemnización, debían a mi marido 500.000 pesetas de
las de entonces [3.000 euros] por salarios atrasados, y también se las
quedaron ellos”, dice.
Los condenados ni siquiera tenían un seguro que
cubriera los accidentes mortales de sus trabajadores. Al contrario, la
póliza de su seguro “excluía expresamente los accidentes laborales con
resultado de muerte”.
El siniestro que segó la vida de Manuel Vicente se produjo a las
15.30 horas del 19 de Octubre de 2000 (hace 16 años). Junto a otro
compañero, se subió al tejado de una nave situada en la calle Mallol,
22, de Sevilla. Para subirse, utilizaron un elevador. Iban provistos de
unos arneses, pero sin las cuerdas para sujetarse. Mientras su colega
bajaba a por ellas, Manuel Vicente se apoyó en un vértice de la
cubierta, sobre unas placas de fibrocemento (uralita), que cedieron por
el peso y cayó al interior de la nave. Su muerte no mereció ni una frase
en los periódicos digitales.
Cuando Aurelio comentó que ya no se podía hacer nada, la joven viuda de Manuel Vicente no daba crédito.
Los empresarios intentaron lavarse las manos alegando que ellos no
habían ordenado al trabajador subirse a la cubierta, que lo hizo por su
cuenta. En derecho laboral, los patronos tienen la obligación legal de
imponer a sus obreros que extremen las medidas de seguridad e impedirles
que realicen labor alguna si no están provistos de las medidas
establecidas. Responden penalmente por ello, hasta con la cárcel. Sonia
buscó un abogado y acudió a la vía penal. Ahí empezó su segundo
calvario. Tuvo que esperar cuatro años, hasta abril de 2004, para que el
Juzgado de lo Penal 5 de Sevilla (también tras una larga y dilatada
instrucción) dictara la sentencia. Los hermanos Rodríguez fueron
condenados a un año de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia
(la muerte de Manuel Vicente) y tres meses más por otro contra la
seguridad de los trabajadores.
A partir de ese momento, los reos no dejaron de tramar. Recurrieron
la condena ante la Audiencia de Sevilla (con tres jueces), sin éxito. El
tribunal confirmó un año después la pena y remitió las diligencias al
juzgado de lo penal para que la ejecutase de inmediato. Para entonces
habían pasado seis años desde el óbito.
La sentencia supuso una pequeña "satisfacción moral" para Sonia. Pero
pronto vio que lo que parecía el fin solo era el principio hacia la
nada. Para eludir el pago de la indemnización (todo era un desastre en
Secour SC: no tenían seguro, ni licencia municipal la obra que le costó
la vida a Manuel Vicente; y ni siquiera había cascos para los operarios
el día de accidente), los hermanos Rodríguez declararon en quiebra la
empresa. Y abrieron otra. Y Cuando Sonia descubrió esa segunda sociedad,
abrieron una tercera... Aún siguen ofreciendo en Sevilla presupuestos
para reformas y obras.
Los Rodríguez siempre iban por delante del juez. Sonia y su abogado
exigieron al juzgado que, dado que los hermanos Rodríguez "se habían
burlado del juez cerrando y abriendo sociedades para no pagar los
210.000 euros", al menos los encerrase en la cárcel. Esto lo pidió Sonia
al juez el 1 de septiembre de 2008. El 27 de febrero de 2012 (cuatro
años después), el juez le preguntó al fiscal si debían ingresar en
prisión los dueños de Secour (contestó que sí). Dos meses después,
decretó que ingresasen en prisión.
No llegaron a pisar la cárcel. Pusieron un recurso ante la Audiencia y
ganaron por goleada: la ejecución de la pena estaba prescrita. Habían
pasado siete años y el límite máximo para la ejecución son cinco.
Quedaron libres por completo de ambos delitos y sin tener que pagar ni
un duro. Están como si nada hubiesen hecho (o no hecho).
Carece de competencia para sancionar los errores judiciales (eso solo
puede hacerlo el tribunal superior jerárquico del juez), pero sí las
tiene para dictaminar que la Administración de Justicia (uno de sus
juzgados) ha fallado y que la víctima debe ser resarcida. En el caso de
la muerte de Manuel Vicente, el Poder Judicial entendió el pasado 19 de
mayo que “se ha producido un funcionamiento anormal de la justicia”. “Es
especialmente relevante la tardanza en dictar la resolución por la que
se denegó la suspensión de la condena”, sostiene el Consejo.
Prescritos los delitos y con los patronos en la calle, Sonia ha
pedido al Estado una indemnización de 10.000 euros; su abogado le ha
dicho que el Ministerio de Justicia es muy restrictivo a la hora de
fijar indemnizaciones por errores judiciales. Es decir, con suerte puede
conseguir 10.000 de los 210.000 que debían cobrar ella y su suegra de
los patronos. “Imagínese la frustración e impotencia que siento; perdí a
mi marido y quienes tenían que pagar por ello se han ido de rositas
porque al juzgado se le olvidó hacer cumplir la sentencia, pese a que
nosotros se lo recordábamos una y otra vez”.
Al abogado de Sonia le dijeron como excusa que el funcionario
encargado de esos asuntos había estado de baja durante un tiempo. “Más
razón aún para que el juez o el secretario hubiesen estado encima”,
subraya Sonia. "No quiero que esto le suceda a ninguna otra viuda”. Ella
y su anciana suegra son ahora las víctima de otro delito, el del
olvido.
investigacion@elpais.es
A Abdelaziz Hlimi, peón en unas obras de Barcelona, le ha pasado algo
parecido a lo de Sonia. Aunque él, a diferencia del marido de Sonia,
sobrevivió a un accidente laboral que milagrosamente pudo contar
después: sufrió terribles heridas. También se cayó desde la cubierta de
una nave.
El 23 de diciembre de 2008, Hlimi pidió al Juzgado de Instrucción 1
de Villafranca del Penedés una batería de medidas para acreditar lo
ocurrido y destapar a los responsables de la obra que descuidaron la
seguridad. El juez admitió las pruebas, pero no se practicó casi
ninguna. El propio juez le dio carpetazo al asunto cuando descubrió que
se le había pasado el plazo, cinco años. Es decir, el delito contra los
responsables de la obra había prescrito por inacción judicial
Hlimi recurrió a la Audiencia Provincial, que dejó abierto un
resquicio para que la causa no se cerrara, al apuntar que el plazo de
prescripción no había expirado para uno de los implicados. El juez
retomó la investigación y pidió opinión al fiscal. Pero este indicó que
no podía hacer nada, que su acusación estaba montada sobre la
responsabilidad de los implicados que la audiencia había liberado por
estar prescritas sus acciones. Y que sin ellos, tampoco podía acusar "al
señor Balbino". Pidió, pues, sobreseer la causa y el juez lo aceptó.
Hlimi recurrió de nuevo ante la Sección Quinta de la Audiencia de
Barcelona y esta ratificó el archivo en 2013.
El Consejo del Poder Judicial considera que se ha producido "un
funcionamiento anormal de la Administración de Justicia" y que Hlimi
debe ser indemnizado. El trabajador pide al Estado 531.000 euros.
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