domingo, 29 de marzo de 2020

DOCM, 28 de marzo de 2020


-El DOCM 28-Marzo-2020 publica un decreto, por el que se establece que el personal funcionario y laboral de cualquier grupo o categoría profesional dependiente de la Administración de la Junta cuya actividad profesional se haya visto interrumpida por el cierre derivado del estado de alarma se podrán adscribir temporalmente a los centros residenciales de Bienestar Social, centros de apoyo a las personas sin hogar que lo precisen así como hospitales o centros sanitarios del Sescam o al servicio de Emergencias 112.

Según este decreto, el personal de los centros educativos públicos de cualquier nivel, de los museos, archivos, bibliotecas, bibliotecas móviles, Centros Base, Centros de Mayores, Centros de Día, Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, Equipos de valoración, Centros Ocupacionales, Centros de Capacitación y de Atención Temprana a personas con discapacidad, centros deportivos y cualesquiera otros de análoga naturaleza, se podrá adscribir temporalmente, y en tanto se mantenga la declaración del estado de alarma, a los centros residenciales de Bienestar Social, centros de apoyo a las personas sin hogar que lo precisen, así como a los hospitales, centros sanitarios dependientes del Sescam y al Servicio de Atención de Urgencias a través del Teléfono Único de Atención de Urgencias 112.
-Publicado en el BOE 28-Marzo-2020 el Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.

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