jueves, 1 de abril de 2021

Recuerdos del 2018. Colaboracionistas.

 

Cosas mías. "Colaboradores y colaboracionistas"

COMENTARIO DEL DIARISTA.
Algunas veces me dan ganas de cerrar mi blog, quitarme el correo y dejar de pasear por Azuqueca, ayer por la  tarde, mismamente se me cruzarón los cables y mucho, no es lo mismo recibir comentarios o informaciones, que sentir la impotencia de una trabajadora.

Colaboradores les llaman, quien les contrata, ¿hay contrato?, un preso no puede trabajar ni siquiera colaborar en "trabajos estructurales y menos de una administración pública", pero parece ser que una o un parado que cobre si. Y obligado, además si no quizás otro año en otro plan no te llaman...¿y si hay un accidente?, será un siniestro colaborador, si no hay contrato , no hay trabajador si no colaborador voluntario por cojones y en caso de accidente, un atropello, una caída,  un paro cardíaco en horas de "colaboracionismo", no puede ser siniestro laboral, pues no se trata de un trabajador... y si todo esto ya esta , que debería, previsto legalmente, como es, ¿tan bajo hemos caído?


Estamos perdiendo el rumbo totalmente,  todos, unos por activa y otros por pasiva. Para quien lo entienda.

Un saludo fraternal.

El Ayuntamiento pone en marcha 'Caminos escolares seguros' con el programa 'Garantía +55'


23.03.2018

EL ALCALDE Y EL DIRECTOR PROVINCIAL DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA HAN ASISTIDO AL INICIO DEL PROGRAMA EN EL MUNICIPIO

Arriba, el director provincial, durante su visita para conocer el programa en Azuqueca. Debajo, foto de familia de los colaboradores de 'Caminos escolares seguros'. Debajo, uno de los colaboradores, junto a un paso de peatones, recibe asesoramiento de un responsable de la Policía Local. Fotografías: Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
Con 15 colaboradores del programa 'Garantía +55', el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares ha puesto en marcha el programa 'Caminos Escolares Seguros', con el que se pretende mejorar la seguridad vial de los niños y niñas en su camino diario a los centros educativos de Azuqueca. Este viernes, el alcalde, José Luis Blanco, y el director provincial de Economía, Empresas y Empleo, Santiago Baeza, han asistido al inicio de este programa.
El alcalde, José Luis Blanco, ha reiterado la disposición del Ayuntamiento a poner en marcha "todas las medidas e iniciativa que supongan mejoras para el empleo". "Desde el Ayuntamiento, nos sumamos a todas las acciones que ofrecen una oportunidad laboral a personas en situación de desempleo, ya sean el Plan Extraordinario por el Empleo, los Talleres de Empleo o este 'Garantía +55'", ha explicado.
El director provincial de Economía, Empresas y Empleo de la Junta se ha reunido con el alcalde de Azuqueca, con el concejal de Seguridad Ciudadana, Sergio de Luz, con responsables de Policía Local y con los propios colaboradores. Durante el encuentro, han podido conocer de primera mano el funcionamiento de este proyecto. Baeza ha asegurado que "la vocación del Gobierno de Emiliano García-Page al frente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es continuar desarrollando iniciativas como ésta, que otros Gobiernos no llevaron a cabo, como tampoco realizaron planes de empleo". Baeza ha destacado la "apuesta clara" del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares por desarrollar los planes y programas que impulsa el gobierno regional y ha recordado que esta es la segunda edición en la que Azuqueca se suma al programa 'Garantía +55', dirigido a personas que superan esta edad y que tienen dificultades para acceder al mercado laboral.
Blanco ha detallado que el Ayuntamiento ha estructurado este año el programa 'Garantía +55' en cuatro programas, que se van a desarrollar durante seis meses. "Todos ellos tienen un alto componente social y están diseñados para ayudar a otras personas: Caminos seguros, a los escolares y a sus familias; Acompañamiento a mayores, a nuestros vecinos y vecinas de más edad; y Azuqueca sostenible y mantenimiento urbano, al conjunto de la ciudadanía, con actuaciones de mejora urbana". En total, son 63 los beneficiarios del programa: 15 en Caminos escolares seguros; otros 15 en Acompañamiento a Mayores; 23 para Azuqueca sostenible y 10 para Mantenimiento urbano. En la anterior edición, 65 personas de Azuqueca pudieron colaborar en este programa.

Leer con suma atención y allá cada cual.

beneficiario, ria

Del lat. beneficiarius.
1. adj. Dicho de una personaQue resulta favorecida por algo
2. adj. Dicho de una personaQue recibe una prestación.


colaborador, ra

1. adj. Que colaboraU. t. c. s.
2. m. y f. Compañero en la formación de alguna obraespecialmente literarialiteraria.

3. m. y f. Persona que escribe habitualmente en un periódicosin pertenecer a la plantilla de redactores.

Plan Extraordinario por el Empleo

Subvenciones para la realización de proyectos dentro del Programa Garantía +55 años

Información general

Objeto y finalidad.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones, para la adscripción en trabajos de colaboración social de personas desempleadas perceptoras del subsidio para mayores de 55 años.


La finalidad de estas subvenciones es ofrecer una oportunidad de actividad a personas desempleadas perceptoras del subsidio de mayores de 55 años, para mejorar su empleabilidad, actualizando y valorando sus competencias, adquiriendo otras nuevas y facilitando su retorno al mercado de trabajo. Al tiempo, persigue incrementar las rentas familiares, evitar el riesgo de pobreza y la exclusión social y facilitar una transición hacia la jubilación. Igualmente permite la puesta en marcha de proyectos de utilidad social, de desarrollo local o comunitario, por parte de entidades locales y de entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.


1. Entidades beneficiarias.

a) Las entidades locales, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, las agrupaciones de municipios y las diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. En el supuesto de agrupaciones de municipios, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, se deberán hacer constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 8 de noviembre, General de Subvenciones. A los efectos de esta orden, una misma entidad puede ser beneficiaria de esta línea de ayudas a título individual y como miembro de una agrupación de municipios, en su caso, siempre que se trate de proyectos diferenciados.

b) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, cuyo ámbito territorial de actuación sea la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

2. Personas participantes y requisitos.

Podrán participar en los proyectos del Programa “Garantía + 55 años”, las personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que sean perceptoras del subsidio para mayores de 55 años que, previamente a la selección, hayan manifestado su voluntad de participar en este programa. También podrán participar, en los términos establecidos en el artículo 18, las personas desempleadas pertenecientes a este colectivo, que ya hubieran estado adscritas en un programa de la misma naturaleza.

No obstante, una vez seleccionadas, las personas desempleadas quedarán obligadas a la participación en los proyectos a los que queden adscritas, tal y como establece el apartado f) del artículo 299 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

3. Proyectos “Garantía +55 años”.

Los proyectos “Garantía +55 años” son intervenciones locales o comarcales, de utilidad social y de carácter temporal, que redundan en beneficio de la comunidad, a través de la mejora de las condiciones sociales, económicas, culturales, educativas, ambientales o patrimoniales y que son desarrollados por medio de la colaboración social de personas desempleadas perceptoras del subsidio para mayores de 55 años.

Los proyectos podrán incluir la realización de acciones de orientación al empleo, formación transversal, profesional u otras actividades. A lo largo del desarrollo de los mismos, las personas participantes obtendrán una experiencia profesional y podrán, según lo previsto en cada uno de ellos, participar en dichas actividades.

4. Requisitos de los proyectos.

Los proyectos deben reunir los siguientes requisitos:

a) Que se trate de proyectos de utilidad social, que sean competencia de las entidades beneficiarias o que se encuentren dentro de sus fines u objeto.

b) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesional de las personas desempleadas participantes, a fin de facilitar la actualización o adquisición de nuevas competencias.

5. Duración de los Proyectos.

1. Los proyectos “Garantía + 55 años” deberán tener una duración de seis meses. Así mismo, los trabajos temporales de colaboración social tendrán una duración máxima de seis meses, en desarrollo de dicho proyecto.

2. Con carácter general y siempre que el proyecto las contemple, las actividades de formación y orientación no podrán exceder de 4 horas al día. La entidad beneficiaria de la subvención distribuirá los contenidos formativos y de experiencia laboral en la forma que considere más adecuada para alcanzar los fines del proyecto.

6. Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.

1. Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención de 500 euros mensuales, por cada persona desempleada que se adscriba a trabajos de colaboración social, no pudiendo superar en ningún caso, la cuantía que la entidad beneficiaria ha de abonar por la totalidad de los conceptos subvencionables.

2. Las subvenciones estarán destinadas a sufragar por cada persona adscrita a los trabajos de colaboración social, los costes del complemento del subsidio por desempleo para mayores de 55 años previstos en el artículo 7.c), los costes de desplazamiento y de la cuota por accidente de trabajo y enfermedad profesional.


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