martes, 25 de junio de 2013

UGT, y punto.

 

Posición de UGT con respecto a las informaciones publicadas sobre el auto de los ERE instruido en Juzgado nº6 de Sevilla

(24/06/2013)

Ante las noticias aparecidas en los medios de comunicación referentes al auto de fecha 18 de junio pasado del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, por el que se acuerda la prisión de una persona que había declarado ese día ante la Jueza, en las que se vierten de nuevo afirmaciones sobre los sindicatos, y concretamente sobre UGT, en relación con su actuación en los EREs que se investigan por dicho Juzgado, queremos manifestar lo siguiente:

1. Los sindicatos de clase, y desde luego UGT, son organizaciones que representan y defienden los intereses de los trabajadores, cuyo sentido y garantía se encuentra recogido en el Art. 7 de la Constitución. No son meros intermediarios, ni comisionistas, ni forman parte de trama defraudadora alguna, sino que cumplen una función constitucional que se hace más patente y necesaria en los conflictos derivados del cierre de empresas o de la aplicación por éstas de despidos colectivos. 
 
2. Los sindicatos no son los que promueven EREs, ni los buscan o facilitan, ni los que cierran las empresas, sino que quienes promueven EREs y cierran empresas son los empresarios, y no los trabajadores ni los sindicatos, incluso se cierran en muchos casos a pesar de la acción y de la oposición de los sindicatos. Sólo excepcionalmente se ha recomendado a los trabajadores que iniciaran un ERE y siempre en situaciones de abandono de hecho por los empresarios, en que los trabajadores llevaban varios meses sin cobrar y, por tanto, en situación de quiebra de la empresa. UGT nunca ha participado ni participará en operación alguna para promover EREs indiscriminados, ni para aprovecharse de ellos y generar ingresos para el sindicato. 

3. Se pretende atribuir a los sindicatos un papel de meros mediadores, semejante a los de las empresas de seguros u otros que utilicen las empresas y las administraciones públicas. No somos intermediarios, ni comisionistas, ni formamos parte de trama defraudadora alguna, sino que cumplimos una función constitucional que se hace más patente y necesaria en los conflictos derivados del cierre de empresas o en la aplicación por éstas de despidos colectivos, en los que la presencia del sindicato y el asesoramiento a los trabajadores resulta imprescindible. 

4. En los miles de expedientes en los que UGT interviene en toda España siempre ha tenido como objetivo la defensa de los intereses de todos y cada uno de los trabajadores y trabajadoras afectados, buscando la pérdida del menor número de puestos de trabajo y la aplicación de las medidas menos traumáticas para los afectados. Por eso en muchos casos y ante la imposibilidad de evitar los despidos, se ha buscado que los afectados fueran personas que pudieran pasar a prejubilaciones y jubilaciones anticipadas. Y siempre negociando las mejores indemnizaciones y prejubilaciones para los trabajadores.

5. Para esta finalidad UGT presta asesoramiento en materia de acción sindical y de carácter económico, técnico o jurídico, con el análisis de la situación de la empresa, de las causas que ésta alega, de las medidas y acciones a seguir, sindicales o judiciales, y en el caso de las prejubilaciones con los cálculos actuariales necesarios para conocer y garantizar la mejor pensión para los afectados, comunicando a cada uno/a cuál va a ser su situación individualizada hasta la jubilación a fin de que dé su conformidad. Hay quien piensa que con los actuarios que nombran las empresas ya sería suficiente, como igualmente sería suficiente con las cuentas que presentan los empresarios y las propuestas jurídicas y laborales que éstos hacen. Sin embargo, para los trabajadores y para los sindicatos que les representan las propuestas de las empresas no sólo no son suficientes, sino que siempre buscan el interés de la empresa frente al de los trabajadores, y en muchos casos incluso los propios datos son erróneos, cuando no simplemente falsos. Por eso la acción sindical en todas estas áreas y materias, incluido el necesario contraste de los cálculos actuariales de las entidades que contratan las empresas, para garantizar mejor los derechos de todos los trabajadores afectados por los EREs. Todas estas acciones resultan imprescindibles y sin ellas, o sin alguna de ellas los trabajadores quedarían, además, indefensos. UGT no va a renunciar a esa tarea de defensa de los trabajadores en los despidos colectivos, que da razón a su historia pasada y presente. 

6. Para estas actuaciones se requieren recursos, pues los gastos de asesoramiento a los trabajadores en las materias dichas suelen tener importes elevados por razón de la especialización de los técnicos necesarios. UGT los paga con las cuotas de sus afiliados, y para el resto de trabajadores afectados busca que no lo paguen ellos, sino a través de cauces y vías legales, entre otros en los EREs intenta que sean sufragados por las empresas, que son quienes los han provocado y quienes despiden a los trabajadores. Esto así ocurre en la gran mayoría de los casos, sobre todo en las empresas medianas y grandes.

7. En la casi totalidad de los expedientes los costes de las prejubilaciones son soportados íntegramente por las empresas y sólo en aquellos casos en que no ha sido posible, por la propia situación de aquéllas, se ha recurrido a ayudas de la Administración, lo cual ha sido la situación excepcional. 

8. En el caso de las prejubilaciones son las empresas las que difieren estos costes a las aseguradoras y por esa razón son éstas las que en algunos casos pagan directamente a los sindicatos. Como es lógico, todos los trabajos se encuentran amparados en contratos de seguros, conforme a su legislación específica, con importes que se puede afirmar con claridad que se encuentran en la parte más baja de los costes del mercado, sin que su importe pueda entenderse bajo ningún concepto como un sobrecoste o sobrecomisión.

9. Igualmente, son las empresas las que asumen como tomadoras las pólizas de las prejubilaciones y sólo en casos muy excepcionales, en que no hay empresa, o ésta tiene voluntad clara de no actuar, se han constituido asociaciones para poder dar cobertura a esas pólizas en representación de los trabajadores afectados.

10. En el caso específico de la Asociación de la Faja Pirítica de Huelva, en las que cerca de mil trabajadores que sufrieron el cierre de las minas en las que trabajaban se vieron beneficiados por los Acuerdos sobre prejubilaciones suscritos por UGT y CCOO con el Gobierno Central y la Junta de Andalucía, aquélla fue ingresando las indemnizaciones que los trabajadores percibían de las empresas o del Fogasa, entregando esas cantidades a la medidora para el plan de prejubilaciones, conforme a los Acuerdos suscritos.

11. El trabajo sindical en los EREs lo asumen las Federaciones Estatales en toda España, no sólo en Andalucía, y han sido siempre facturados legalmente, obedeciendo a tales conceptos y nunca se han tratado de “comisiones” de intermediarios, “conseguidores” o “medradores” con quienes malintencionadamente tratan de mezclarnos. Entendemos que la información que aparece referente a pagos hechos por algunas entidades mediadoras, como la compañía Vitalia, se está refiriendo a las facturaciones de todo el Estado y durante un largo tiempo de facturación y no a los Expedientes de Andalucía.
UGT en septiembre de 2003 trasladó a toda la organización que suspendieran cualquier negociación con la Consultora Vitalia y las aseguradoras relacionadas con Eurobank, intervenido por el Banco de España y en suspensión de pagos. Vitalia solo ha participado en aquellos EREs en los que la empresa o la Administración la imponían.
Desde que UGT pasó a formar parte de la correduría de seguros ASP, y más tarde de Atlantis, este trabajo ha sido realizado por estas compañías, o por la compañía ITG.

12. Hemos de reiterar que UGT no ha percibido ingresos ilegales en su actuación en defensa de los trabajadores en los EREs en los que ha intervenido y sigue interviniendo, en toda España y también en Andalucía, función a la que no va a renunciar. Se trata de facturación legal de servicios, conforme a la legislación de seguros y mercantil.

13. Denunciamos el intento de implicar a los sindicatos, también a UGT, en tramas fraudulentas que generan sospechas sobre la actuación sindical, para debilitarla o incluso eliminarla, sospechas que en nada responden a la verdad y, por el contrario, favorecen a los empresarios en su actuación contra los trabajadores.

14. A pesar de las afirmaciones que se hacen en alguna resolución judicial y en los medios de comunicación, nadie de UGT ha sido llamado a declarar ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, ni ha podido explicar a la Jueza cómo actuamos los sindicatos en los EREs y con qué fundamento histórico, constitucional y legal. UGT vuelve a manifestar su clara voluntad de colaborar con la justicia para aclarar los hechos que están siendo investigados, para llegar hasta el final y para que los responsables de los posibles fraudes a los fondos públicos sean juzgados. Y reiteramos, como en otras ocasiones, que si alguna persona que mantenga vinculación con esta organización hubiese cometido algún delito, actuaremos también contra él.


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