Posición de UGT con
respecto a las informaciones publicadas sobre el
auto de los ERE instruido en Juzgado nº6 de Sevilla
(24/06/2013)
Ante las
noticias aparecidas en los medios de comunicación
referentes al auto de fecha 18 de junio pasado del
Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, por el que
se acuerda la prisión de una persona que había
declarado ese día ante la Jueza, en las que se
vierten de nuevo afirmaciones sobre los sindicatos,
y concretamente sobre UGT, en relación con su
actuación en los EREs que se investigan por dicho
Juzgado, queremos manifestar lo siguiente:
1. Los
sindicatos de clase, y desde luego UGT, son
organizaciones que representan y defienden los
intereses de los trabajadores, cuyo sentido y
garantía se encuentra recogido en el Art. 7 de la
Constitución. No son meros intermediarios, ni
comisionistas, ni forman parte de trama defraudadora
alguna, sino que cumplen una función constitucional
que se hace más patente y necesaria en los
conflictos derivados del cierre de empresas o de la
aplicación por éstas de despidos colectivos.
2. Los
sindicatos no son los que promueven EREs, ni los
buscan o facilitan, ni los que cierran las
empresas, sino que quienes promueven EREs y cierran
empresas son los empresarios, y no los trabajadores
ni los sindicatos, incluso se cierran en muchos
casos a pesar de la acción y de la oposición de los
sindicatos. Sólo excepcionalmente se ha recomendado
a los trabajadores que iniciaran un ERE y siempre en
situaciones de abandono de hecho por los
empresarios, en que los trabajadores llevaban varios
meses sin cobrar y, por tanto, en situación de
quiebra de la empresa. UGT nunca ha participado ni
participará en operación alguna para promover EREs
indiscriminados, ni para aprovecharse de ellos y
generar ingresos para el sindicato.
3. Se
pretende atribuir a los sindicatos un papel de meros
mediadores, semejante a los de las empresas de
seguros u otros que utilicen las empresas y las
administraciones públicas. No somos intermediarios,
ni comisionistas, ni formamos parte de trama
defraudadora alguna, sino que cumplimos una función
constitucional que se hace más patente y necesaria
en los conflictos derivados del cierre de empresas o
en la aplicación por éstas de despidos colectivos,
en los que la presencia del sindicato y el
asesoramiento a los trabajadores resulta
imprescindible.
4. En
los miles de expedientes en los que UGT interviene
en toda España siempre ha tenido como objetivo
la defensa de los intereses de todos y cada uno de
los trabajadores y trabajadoras afectados, buscando
la pérdida del menor número de puestos de trabajo y
la aplicación de las medidas menos traumáticas para
los afectados. Por eso en muchos casos y ante la
imposibilidad de evitar los despidos, se ha buscado
que los afectados fueran personas que pudieran pasar
a prejubilaciones y jubilaciones anticipadas. Y
siempre negociando las mejores indemnizaciones y
prejubilaciones para los trabajadores.
5. Para
esta finalidad UGT presta asesoramiento en materia
de acción sindical y de carácter económico,
técnico o jurídico, con el análisis de la situación
de la empresa, de las causas que ésta alega, de las
medidas y acciones a seguir, sindicales o
judiciales, y en el caso de las prejubilaciones con
los cálculos actuariales necesarios para conocer y
garantizar la mejor pensión para los afectados,
comunicando a cada uno/a cuál va a ser su situación
individualizada hasta la jubilación a fin de que dé
su conformidad. Hay quien piensa que con los
actuarios que nombran las empresas ya sería
suficiente, como igualmente sería suficiente con las
cuentas que presentan los empresarios y las
propuestas jurídicas y laborales que éstos hacen.
Sin embargo, para los trabajadores y para los
sindicatos que les representan las propuestas de las
empresas no sólo no son suficientes, sino que
siempre buscan el interés de la empresa frente al de
los trabajadores, y en muchos casos incluso los
propios datos son erróneos, cuando no simplemente
falsos. Por eso la acción sindical en todas estas
áreas y materias, incluido el necesario contraste de
los cálculos actuariales de las entidades que
contratan las empresas, para garantizar mejor los
derechos de todos los trabajadores afectados por los
EREs. Todas estas acciones resultan imprescindibles
y sin ellas, o sin alguna de ellas los trabajadores
quedarían, además, indefensos. UGT no va a renunciar
a esa tarea de defensa de los trabajadores en los
despidos colectivos, que da razón a su historia
pasada y presente.
6. Para
estas actuaciones se requieren recursos, pues los
gastos de asesoramiento a los trabajadores en
las materias dichas suelen tener importes elevados
por razón de la especialización de los técnicos
necesarios. UGT los paga con las cuotas de sus
afiliados, y para el resto de trabajadores afectados
busca que no lo paguen ellos, sino a través de
cauces y vías legales, entre otros en los EREs
intenta que sean sufragados por las empresas, que
son quienes los han provocado y quienes despiden a
los trabajadores. Esto así ocurre en la gran mayoría
de los casos, sobre todo en las empresas medianas y
grandes.
7. En
la casi totalidad de los expedientes los costes de
las prejubilaciones son soportados íntegramente
por las empresas y sólo en aquellos casos en que no
ha sido posible, por la propia situación de
aquéllas, se ha recurrido a ayudas de la
Administración, lo cual ha sido la situación
excepcional.
8.
En el caso de las prejubilaciones son las
empresas las que difieren estos costes a las
aseguradoras y por esa razón son éstas las que en
algunos casos pagan directamente a los sindicatos.
Como es lógico, todos los trabajos se encuentran
amparados en contratos de seguros, conforme a su
legislación específica, con importes que se puede
afirmar con claridad que se encuentran en la parte
más baja de los costes del mercado, sin que su
importe pueda entenderse bajo ningún concepto como
un sobrecoste o sobrecomisión.
9.
Igualmente, son las empresas las que asumen como
tomadoras las pólizas de las prejubilaciones y
sólo en casos muy excepcionales, en que no hay
empresa, o ésta tiene voluntad clara de no actuar,
se han constituido asociaciones para poder dar
cobertura a esas pólizas en representación de los
trabajadores afectados.
10. En
el caso específico de la Asociación de la Faja
Pirítica de Huelva, en las que cerca de mil
trabajadores que sufrieron el cierre de las minas en
las que trabajaban se vieron beneficiados por los
Acuerdos sobre prejubilaciones suscritos por UGT y
CCOO con el Gobierno Central y la Junta de
Andalucía, aquélla fue ingresando las
indemnizaciones que los trabajadores percibían de
las empresas o del Fogasa, entregando esas
cantidades a la medidora para el plan de
prejubilaciones, conforme a los Acuerdos suscritos.
11. El
trabajo sindical en los EREs lo asumen las
Federaciones Estatales en toda España, no sólo
en Andalucía, y han sido siempre facturados
legalmente, obedeciendo a tales conceptos y nunca se
han tratado de “comisiones” de intermediarios,
“conseguidores” o “medradores” con quienes
malintencionadamente tratan de mezclarnos.
Entendemos que la información que aparece referente
a pagos hechos por algunas entidades mediadoras,
como la compañía Vitalia, se está refiriendo a las
facturaciones de todo el Estado y durante un largo
tiempo de facturación y no a los Expedientes de
Andalucía.
UGT en
septiembre de 2003 trasladó a toda la organización
que suspendieran cualquier negociación con la
Consultora Vitalia y las aseguradoras relacionadas
con Eurobank, intervenido por el Banco de España y
en suspensión de pagos. Vitalia solo ha participado
en aquellos EREs en los que la empresa o la
Administración la imponían.
Desde que
UGT pasó a formar parte de la correduría de seguros
ASP, y más tarde de Atlantis, este trabajo ha sido
realizado por estas compañías, o por la compañía
ITG.
12.
Hemos de reiterar que UGT no ha percibido ingresos
ilegales en su actuación en defensa de los
trabajadores en los EREs en los que ha intervenido y
sigue interviniendo, en toda España y también en
Andalucía, función a la que no va a renunciar. Se
trata de facturación legal de servicios, conforme a
la legislación de seguros y mercantil.
13.
Denunciamos el intento de implicar a los sindicatos,
también a UGT, en tramas fraudulentas que
generan sospechas sobre la actuación sindical, para
debilitarla o incluso eliminarla, sospechas que en
nada responden a la verdad y, por el contrario,
favorecen a los empresarios en su actuación contra
los trabajadores.
14. A
pesar de las afirmaciones que se hacen en alguna
resolución judicial y en los medios de
comunicación, nadie de UGT ha sido llamado a
declarar ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de
Sevilla, ni ha podido explicar a la Jueza cómo
actuamos los sindicatos en los EREs y con qué
fundamento histórico, constitucional y legal. UGT
vuelve a manifestar su clara voluntad de colaborar
con la justicia para aclarar los hechos que están
siendo investigados, para llegar hasta el final y
para que los responsables de los posibles fraudes a
los fondos públicos sean juzgados. Y reiteramos,
como en otras ocasiones, que si alguna persona que
mantenga vinculación con esta organización hubiese
cometido algún delito, actuaremos también contra él.
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