lunes, 31 de julio de 2017

Mutua , "lumbago". Justicia, siniestro laboral



El TSJCM declara como accidente de trabajo un “tirón lumbar” sufrido por una auxiliar sanitario

Los servicios jurídicos de FeSP UGT CLM han obtenido Sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, declarando como Accidente de Trabajo la lesión sufrida por una Auxiliar Sanitario de la Junta de Comunidades dentro su centro y horario de trabajo.
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Según ha informado el sindicato en un comunicado, dicha trabajadora  en el desarrollo de las funciones propias de su categoría sufrió un “tirón lumbar”,  siendo derivada a la mutua, que realizo un diagnóstico de “lumbago”. No considerando por tanto la lesión como contingencia profesional, y derivándolo a su médico de cabecera por su consideración de Enfermedad Común.

La trabajadora considerando en todo momento que su lesión debía ser considerada como accidente de trabajo, hizo un recurso al INSS al considerar este una “tendinitis” lo que debería haberse considerado como contingencia profesional, recurso que también fue desestimado.

Es ahora la Justicia la que da la razón a la trabajadora, en base a que la Ley General de la Seguridad Social establece que el accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute, estableciendo que su lesión debe ser considerada como accidente de trabajo y por tanto percibir durante la baja el 100% de sus retribuciones, no aplicando por tanto los descuentos salariales en caso de la consideración de Enfermedad Común.....

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