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Ante el aviso de huelga la empresa ha tomado las primeras medidas, el despido de cuatro (4) trabajadoras subrogadas y según nuestras últimas noticias (sin confirmar) se preparan otros siete (7) despidos para hoy.
La empresa se ha negado constantemente a sentarse a negociar, se supone que son dueños y señores y no tienen por qué negociar con estúpidos trabajadores.
Procede al despido de cuatro trabajadoras y anuncia por debajo de cuerda que prepara otros siete, sin decir nada más, eso es un ataque a la moral de las y los trabajadores , que sienten el despido como una más que cierta posibilidad y les da que pensar, creo que el comité debería devolverle la pelota de inmediato a la empresa con alguna acción directa. ( Tan legal como los despidos).
Es típico, les recuerdo a todos el caso de la piscina cubierta municipal cuando pasó a manos privadas de señoritos, subrogaron a los trabajadores según ley con las mismas condiciones que tenían dejaron pasar unos meses y empezaron a hacer la vida imposible a los subrogados, esos trabajadores tenían un convenio, unos derechos, horarios, funciones y unas pagas normales y la empresa si quiere ganar dinero tiene que destruir esas condiciones normales y hacer de esos trabajadores poco menos que esclavos, ¿para que voy a pagar 1000 si con 400 tengo a dos y sin convenios ni derechos laborales ni prevención de riesgos, ni ostias de esas?
Pues aquí tienen un caso tipico y topico. Una empresa compra a otra y subroga a sus trabajadores en igualdad de condiciones como marca la ley pero en la política de la nueva empresa eso de convenios, prevención de riesgos equipos, epis y tal no le van vamos que le sobran si curritos los hay a patadas y dispuestos a currar por la mitad, así que vamos a dejar pasar unos meses y luego les damos por culo y nos los quitamos de encima, por supuesto a los que protesten que en cuanto despidamos a ocho o diez los demás tragan fijo y además como por ley a los sindicalistas de mierda del comité no podemos despedirlas, pues encima les echamos mierda encima cuando tengan que tragar por que los mismos esclavos se les echen encima ...y en ello están.
La subrogación laboral se produce cuando una empresa se transmite a otra y la nueva empresa está obligada a mantener las relaciones laborales con los trabajadores de la empresa anterior.
Subrogación laboral
La subrogación laboral se produce en los siguientes supuestos:
- Por sucesión de empresas. Es decir, cuando una empresa, centro de trabajo o unidad productiva cambia de dueño (traspaso, jubilación del empresario…). La subrogación laboral por sucesión de empresas se rige por el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores (ET), según exponemos a continuación.
- Por convenio colectivo. Cuando la subrogación laboral viene impuesta en el convenio colectivo. Por ejemplo, existe esta obligación en los convenios de limpieza, seguridad, hostelería... Según reciente jurisprudencia, la subrogación laboral por convenio colectivo se regirá por lo establecido en el artículo 44 del ET (STS. TSJUE 11/07/ 2018 y TS 27/06/ 2018).
En ambos casos, el nuevo empresario deberá respetar los derechos laborales de los trabajadores contratados por la empresa anterior.
Además hemos de tener en cuenta que si la transmisión se produce por actos <inter vivos>, ambas partes transmitente y adquiriente responderán durante tres años solidariamente. Es decir, que por todas las obligaciones laborales que hubiesen tenido su origen con anterioridad a la transmisión, responderán ambos solidariamente.
Este mecanismo se creó para evitar precisamente que los trabajadores sean engañados por las empresa transmitentes y adquirientes, quiero decir que ciertas subrogaciones son verdaderas mentiras y engaños, bien perpetrados por la empresa adquiriente, que firma la subrogación por imperativo legal sin ningún ánimo de respetarla y otras en concomitancia entre las dos empresas por ello las dos son responsables si no se mantienen los derechos laborales y convenios de los trabajadores afectados durante tres años. Eroski ¿estás por ahí?
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