03-01-2015 / 12:30 h EFE
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región
de Murcia ha rebajado del 45 al 30 por ciento el recargo en las
prestaciones que una empresa constructora ha de abonar por la muerte de
un obrero en una caída porque este tuvo parte de culpa en lo ocurrido.
La
sentencia estima así en parte el recurso que la empresa planteó contra
la resolución de un Juzgado de lo Social de Cartagena que avaló la
decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de
imponerle el recargo -ahora rebajado- por falta de medidas de seguridad.
El
juez recogió como hechos probados que el mortal accidente laboral se
produjo en una obra en construcción en San Javier, cuando el trabajador,
que reparaba la cubierta de unas naves, se precipitó al vacío desde una
altura aproximada de siete metros.
Al estimar parcialmente el
recurso, la sala indica ahora que "al trabajador se le habían facilitado
los equipos de protección individual, tales como arneses y cables de
seguridad, que no los utilizó".
Y añade que el accidentado había recibido cursos de prevención de riesgos laborales de tres horas de duración.
La
sentencia concluye que "en consecuencia, su intervención fue
importante, sin llegar a existir una imprudencia temeraria, de ahí que
deba considerarse la necesidad de reducir a la empresa el recargo al 30
por ciento por no haber usado el trabajador las medidas de protección
individual".
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