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jueves, 26 de septiembre de 2013

¡¡ ATENTOS !! QUE ESTO TRAERA COLA .





COMUNICADO OFICIAL

El Sescam anuncia un decreto que afectará a más de 900 funcionarios de la región


Eldigitalcastillalamancha.es

25/09/2013 .
El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) publicará en las próximas semanas el decreto por el que se regulará el procedimiento de integración del personal funcionario al servicio de instituciones sanitarias en el régimen jurídico estatutario, en cumplimiento del Decreto Ley 16/2012 de 24 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Dicha normativa ya ha sido aprobada en la Mesa Sectorial y en la Mesa de Negociación, según informa la Junta en un comunicado oficial.

"De esta manera cumplimos la legalidad vigente con la máxima sensibilidad hacia los profesionales sanitarios que, siendo funcionarios, aportan un servicio excelente a nuestra población, y a la vez manteniéndose la necesaria equidad en el trato con el resto de profesionales del sistema sanitario público", explica Miguel Moreno Verdugo, director general de Recursos Humanos del SESCAM.

Así, los más de 900 profesionales, médicos, practicantes y matronas, que en Castilla-La Mancha son funcionarios dispondrán hasta el 31 de diciembre para integrarse en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha como personal estatutario fijo. "El personal integrado –aclara Moreno Verdugo- conservará los derechos que ya tiene consolidados".

En caso de que estos profesionales opten por permanecer en su actual situación, como funcionarios, mantendrán su régimen jurídico y permanecerán en su puesto de trabajo hasta que sean adscritos a órganos administrativos, que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas, en las que exista plaza vacante.

Se cumple así con el Acuerdo de 30 de Julio de 2013 suscrito entre el Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad el Foro de la profesión médica, incluyendo en su articulado que la integración se realizará con criterios de flexibilidad y de adecuación temporal, conforme a las previsiones del punto VI.1 de dicho acuerdo.

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