Condenados a prisión los tres acusados de la muerte de un obrero que cayó de un andamio
La juez considera a los imputados, dos constructores y un arquitecto técnico, culpables de homicidio por imprudencia al no garantizar la seguridad del operario
12.06.2015 | 04:14Fuente "La Nueva España"
R. GARCÍA
La magistrada del juzgado de lo penal número 2 ha condenado a
dos años y medio de cárcel a cada uno de los tres profesionales imputados por un accidente laboral que le costó la vida a un trabajador de 36 años que se cayó de un andamio en mayo de 2009. La juez considera a los acusados -dos empresarios de la construcción y un arquitecto técnico-, responsables de la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores que derivó en otro de homicidio por imprudencia. La magistrada exige que se indemnice a los familiares de la víctima con más de 200.000 euros.
La magistrada del juzgado de lo penal número 2 ha condenado a
dos años y medio de cárcel a cada uno de los tres profesionales imputados por un accidente laboral que le costó la vida a un trabajador de 36 años que se cayó de un andamio en mayo de 2009. La juez considera a los acusados -dos empresarios de la construcción y un arquitecto técnico-, responsables de la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores que derivó en otro de homicidio por imprudencia. La magistrada exige que se indemnice a los familiares de la víctima con más de 200.000 euros.
Andamio en el que tuvo lugar el accidente.
ÁNGEL GONZÁLEZ
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En el caso que acaba de ser juzgado la juez mantiene que el siniestro que le costó la vida al empleado "se debió a que la plataforma de trabajo del andamio estaba constituida por tableros de madera que no eran los especificados para la plataforma". Los tablones "se quebraron por la mitad", provocando la caída y el fallecimiento del trabajador, que se encontraba a 18 metros de altura y que, en palabras de la juez, "carecía de equipo de protección individual anticaídas". Las irregularidades no acabaron ahí. "El andamio había sido instalado por operarios que carecían de la formación requerida", enfatiza la magistrada haciendo hincapié en que "no consta que los trabajadores hubieran recibido formación para los puestos cuyas labores estaban desempeñando". La juez llega a tachar de "palmaria" la infracción de las obligaciones que atribuye a los empresarios.
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