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viernes, 11 de julio de 2014

Para ir tomando nota....

INFRACCIONES MUY GRAVES: con multas de entre 30.001 a 600.000 euros
1. Grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de su trabajo que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro sus seguridad o la de la intervención policial correspondiente.
 
2. Las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas, como centrales nucleares o pistas de aeropuerto.
 
3. Los escraches o actos de acosos a cargos públicos. La ley contemplará que la policía pueda establecer un perímetro de seguridad que no deben sobrepasar los concentrados.
 
4. Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.
 

INFRACCIONES GRAVES: con multas de entre 1.001 a 30.000 euros


1. Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.
 
2. Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas.
 
3. El ofrecimiento, la solicitud, la negociación y la aceptación de los servicios de prostitución en las proximidades de zonas infantiles, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial.
 
4. La tenencia ilícita, el transporte, el abandono de la droga o de los útiles para su preparación, así como plantar y cultivar estupefacientes como la marihuana aunque no se para traficar.
 
5. El botellón cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y cuando no esté autorizado por la administración correspondiente.
 
6. La conducción de cundas o taxis de las drogas que trasladan a drogadictos a los lugares de compra de estupefacientes.
 
7. Los daños a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos.
 
8. Obstaculizar la vía pública con neumáticos u otros enseres que impidan la normal circulación de vehículos y personas.
 
9. Escalar como acción de protesta edificios públicos o precipitarse desde los mismos.
 
10. La perturbación grave del orden en actos públicos, religiosos, deportivos o espectáculos de otro tipo (En el borrador era considerada infracción muy grave).
 
11. Las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad. (En el borrador era considerada infracción muy grave).
 
12. Ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito.
 
INFRACCIONES LEVES: con multas de 100 a 1.000 euros
1. Manifestaciones y reuniones que infrinjan la ley de reunión.
 
2. Exhibición de objetos peligrosos con ánimo intimidatorio.
 
3. Incumplir restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación.
 
4. Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas, y la grabación y difusión de sus imágenes que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial.
 
5. Amenazas, coacciones, injurias o vejaciones en vías públicas.
 
6. Injurias o calumnias a través de cualquier medio de difusión a las instituciones, autoridades, agentes y empleados públicos, así como su falta de respeto.
 
7. Realizar o incitar actos que atenten contra la libertad sexual.
 
8. Deslumbrar con dispositivos tipo láser a las fuerzas de seguridad.
 
9. La ocupación de cualquier espacio común, público o privado y la colocación de tiendas de campañas o tenderetes sin permiso en la calle.
 
10. Perder tres veces o más el DNI en un plazo de 5 años y la negativa a entregar este documento cuando se acordara su retirada.
 
11. Los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, por ejemplo, las pintadas y los grafiti.
 
12. Práctica de juegos o deportes en lugares no habilitados cuando haya riesgo para las personas.
 
13. Dificultar la circulación peatonal.
 
14. Escalar a edificios o monumentos o lanzarse desde ellos.
 
15. Retirar las vallas de la Policía que delimitan perímetros de seguridad. 
 

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