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sábado, 11 de julio de 2015

Ni carcel por la muerte de un obrero.

Condenado a un año y medio un constructor por la muerte de un trabajador

La Audiencia de Palma rebaja la pena por dilaciones indebidas en el caso de un obrero que cayó de 8 metros

10.07.2015 | 22:41


La Audiencia de Palma ha condenado a un año y medio de prisión a un
constructor por homicidio imprudente y un delito contra los derechos de los trabajadores por la muerte de un empleado en un accidente laboral en el que el afectado cayó de ocho metros de altura en las obras de ampliación de una nave industrial en el polígono de Son Rossinyol, en la ciudad, en mayo de 2008.

La sala ha estimado parcialmente el recurso de apelación del imputado al apreciar como muy cualificada la atenuante de dilaciones indebidas, ya que el proceso se ha dilatado seis años. Por ello, le rebaja la pena once meses, lo que implica que ahora no ingresará en la cárcel.

El siniestro se produjo el 31 de mayo de 2008, cuando la víctima, un herrero, colocaba con un menor unas chapas sobre unas vigas de una nave. El obrero, de 39 años, perdió el equilibrio y cayó por un hueco entre las vigas de una altura de ocho metros. Murió en el acto al no haber redes u otro tipo de protección. No fue formado sobre los riesgos de su tarea.

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